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Representación contextual del formulado asociado a CEPSUL CUPRICO: Representación editorial genérica de una formulación DP
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Imagen generada por IA · OpenAI ImageGen. Licencia Original generada para Vademeco. Fuente Metodología de imágenes generadas con IA

Información de CEPSUL CUPRICO

Aplicar en espolvoreo. EXCEPTO: fresas, frutas de caña y otras bayas y frutas pequeñas, raíces y tubérculos, bulbos y frutos pepónidos (excepto tomate y berenjena), maíz dulce, espárragos, remolacha azucarera y caña de azúcar. En tomate y berenjena efectuar un máximo de 6 aplicaciones por campaña a intervalos de 7 días con un máximo de 7,5 Kg de cobre inorgánico por campaña. En frutales de hueso y pepita efectuar solo tratamientos desde la cosecha hasta la floración con un máximo de 3 tratamientos por campaña a intervalos de 14 días y un máximo de 7,5 Kg de cobre inorgánico por campaña, no procediendo P.S.. (Reglamento 396/05) No mezclar con aceites ni productos de reacción alcalina, ni efectuar tratamientos a temperaturas demasiado elevadas. No aplicar aceites minerales durante los 21 días anteriores o posteriores a la aplicación del azufre. Observar precauciones en frutales sensibles.

Datos oficiales de CEPSUL CUPRICO

Registro

13497

Fabricante

CEPSA PETROLEOS

Formulación

DP

Estado

Retirado

Autorización

22/09/2015

Inscripción

27/04/1977

Renovación

22/09/2015

Caducidad

31/01/2020

Cancelación

04/03/2019

Límite venta

04/09/2019
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Cultivos

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0

Plagas

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